Las Cooperativas de trabajo asociado en la doctrina del cooperativismo
La historia humana es básicamente un proceso de búsqueda de satisfacción de necesidades que, a diferencia de los demás seres de la naturaleza, se logra en forma racional y bajo una perspectiva social. En su devenir histórico, los seres humanos hemos creado múltiples formas de respuesta a la necesidad de sobrevivencia; entre tales respuestas, se encuentra el cooperativismo, el cual se ha constituido en uno de los medios más eficaces para perfeccionar y democratizar los procesos económicos, basados en el esfuerzo personal y la ayuda mutua de quienes integran los grupos de cooperación.
En los últimos lustros, período en el cual se han intensificado las crisis económicas, aumentando el desempleo y la pobreza, era obvio que se echara mano de una fórmula de respuesta como lo es el cooperativismo, haciendo renacer los mecanismos de organización del trabajo que se ensayaron en los inicios del siglo XIX y que han sido exitosos en muchas regiones del mundo. Se ha hecho visible un modelo tradicional del cooperativismo: el de la asociación para el trabajo. El cooperativismo de trabajo asociado es una respuesta a las contradicciones que comporta el régimen capitalista de producción, siendo un medio de organización propicio para que los trabajadores -en forma mancomunada, democrática y solidaria- puedan rehabilitar las fuentes de trabajo de las que se han visto privados o se arriesguen a iniciar emprendimientos que les permitan su inserción en el sistema económico, pasando a desempeñarse como responsables directos de su fuente de trabajo.
Pero ese esfuerzo de recuperación de la fuerza de trabajo para sí y de inserción social y económica tiene que partir del entendimiento del significado mismo de la autogestión y el trabajo en cooperación, el cual es una fuente doctrinaria del cooperativismo mundial.
Lo que hoy en Colombia denominamos cooperativismo de trabajo asociado, se conoció en sus albores como cooperativas de producción y trabajo, las cuales -bajo la orientación del ideólogo francés Philippe Buchez- buscaron solucionar los problemas más acuciantes de los trabajadores desprotegidos de su país. Entonces se formularon una serie de principios, que siguen siendo de estricta aplicación durante el siglo XXI. Recordemos el texto exacto de Buchez (publicado en 1831):
“Un determinado número de obreros, todos de la misma profesión, se reunirían en una sociedad particular (articulo 1842 del Código Civil, y 48 del Código de Comercio) y se ligarían entre si por un contrato cuyas principales disposiciones deberían ser las siguientes:
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Los asalariados se constituirían en empresarios; a estos efectos, elegirían entre ellos a uno o dos representantes que tendrían la firma social. |
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Cada uno de ellos continuaría cobrando un salario según los usos adoptados en la profesión, es decir, por jornal o a tarea, y según la habilidad individual. |
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Una cantidad equivalente a lo que los empresarios intermediarios descuentan cada jornada, se reservaría; a fin de año, esa cantidad, que sería el beneficio neto, se repartiría de la siguiente for¬ma: veinte por ciento para formar y aumentar el capital social; el resto se emplearía en socorros o se distribuiría entre los asociados, a prorrata de su trabajo. |
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El capital social, que iría aumentando, por tanto, cada año en una quinta parte de los beneficios, sería inalienable; pertenecería a la asociación, que sería declarada indisoluble, no porque los individuos no pudieran darse de baja en ella, sino porque dicha sociedad se habría hecho perpetua con la admisión continua de nuevos miembros. De esta forma, el capital no pertenecería a nadie y no quedaría sujeto en absoluto a las leyes sobre In herencia. La fundación y el aumento del capital social, inalienable e indisoluble, es quizá lo más importante de la asociación; es el hecho por el cual este género de sociedades crea un mejor porvenir para las clases obreras. Si se organizara de una forma diferente, la asociación llegaría a ser igual a cualquier otra compañía de comercio; útil únicamente a los fundadores y perjudicial a todos los que no hubieran formado parte de ella desde el principio; acabaría por ser, en manos de los primeros, un medio de explotación. |
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La asociación no podría hacer trabajar por su cuenta a obreros extraños durante más de un año; pasado este tiempo, estaría obligada a admitir en su seno al número de trabajadores nuevos que se hubieran hecho necesarios por el aumento de sus operaciones”. |
Los siguientes seis principios –que resultan de la anterior tesis doctrinaria- son la esencia del cooperativismo de producción: autogestión democrática (o capacidad de dirigir los destinos de su propio emprendimiento económico, de manera directa o a través de sus representantes), ingreso justo (remuneración del esfuerzo individual en el trabajo, en condiciones dignas y equitativas), previsión (atesoramiento de parte de los excedentes para responder a situaciones imprevistas en el futuro y acceder a beneficios sociales comunes), retorno (posibilidad de percibir una parte del excedente como contraprestación del esfuerzo laboral realizado), sostenibilidad (formación de un patrimonio social que haga posible que la cooperativa se mantenga en el tiempo y sirva a varias generaciones) e inserción (admisión de trabajadores no asociados cuando su vinculación se haga permanente).
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Las Cooperativas de trabajo asociado en la doctrina del cooperativismo
La historia humana es básicamente un proceso de búsqueda de satisfacción de necesidades que, a diferencia de los demás seres de la naturaleza, se logra en forma racional y bajo una perspectiva social. En su devenir histórico, los seres humanos hemos creado múltiples formas de respuesta a la necesidad de sobrevivencia; entre tales respuestas, se encuentra el cooperativismo, el cual se ha constituido en uno de los medios más eficaces para perfeccionar y democratizar los procesos económicos, basados en el esfuerzo personal y la ayuda mutua de quienes integran los grupos de cooperación.
En los últimos lustros, período en el cual se han intensificado las crisis económicas, aumentando el desempleo y la pobreza, era obvio que se echara mano de una fórmula de respuesta como lo es el cooperativismo, haciendo renacer los mecanismos de organización del trabajo que se ensayaron en los inicios del siglo XIX y que han sido exitosos en muchas regiones del mundo. Se ha hecho visible un modelo tradicional del cooperativismo: el de la asociación para el trabajo. El cooperativismo de trabajo asociado es una respuesta a las contradicciones que comporta el régimen capitalista de producción, siendo un medio de organización propicio para que los trabajadores -en forma mancomunada, democrática y solidaria- puedan rehabilitar las fuentes de trabajo de las que se han visto privados o se arriesguen a iniciar emprendimientos que les permitan su inserción en el sistema económico, pasando a desempeñarse como responsables directos de su fuente de trabajo.
Pero ese esfuerzo de recuperación de la fuerza de trabajo para sí y de inserción social y económica tiene que partir del entendimiento del significado mismo de la autogestión y el trabajo en cooperación, el cual es una fuente doctrinaria del cooperativismo mundial.
Lo que hoy en Colombia denominamos cooperativismo de trabajo asociado, se conoció en sus albores como cooperativas de producción y trabajo, las cuales -bajo la orientación del ideólogo francés Philippe Buchez- buscaron solucionar los problemas más acuciantes de los trabajadores desprotegidos de su país. Entonces se formularon una serie de principios, que siguen siendo de estricta aplicación durante el siglo XXI. Recordemos el texto exacto de Buchez (publicado en 1831):
“Un determinado número de obreros, todos de la misma profesión, se reunirían en una sociedad particular (articulo 1842 del Código Civil, y 48 del Código de Comercio) y se ligarían entre si por un contrato cuyas principales disposiciones deberían ser las siguientes:
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Los asalariados se constituirían en empresarios; a estos efectos, elegirían entre ellos a uno o dos representantes que tendrían la firma social. |
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Cada uno de ellos continuaría cobrando un salario según los usos adoptados en la profesión, es decir, por jornal o a tarea, y según la habilidad individual. |
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Una cantidad equivalente a lo que los empresarios intermediarios descuentan cada jornada, se reservaría; a fin de año, esa cantidad, que sería el beneficio neto, se repartiría de la siguiente for¬ma: veinte por ciento para formar y aumentar el capital social; el resto se emplearía en socorros o se distribuiría entre los asociados, a prorrata de su trabajo. |
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El capital social, que iría aumentando, por tanto, cada año en una quinta parte de los beneficios, sería inalienable; pertenecería a la asociación, que sería declarada indisoluble, no porque los individuos no pudieran darse de baja en ella, sino porque dicha sociedad se habría hecho perpetua con la admisión continua de nuevos miembros. De esta forma, el capital no pertenecería a nadie y no quedaría sujeto en absoluto a las leyes sobre In herencia. La fundación y el aumento del capital social, inalienable e indisoluble, es quizá lo más importante de la asociación; es el hecho por el cual este género de sociedades crea un mejor porvenir para las clases obreras. Si se organizara de una forma diferente, la asociación llegaría a ser igual a cualquier otra compañía de comercio; útil únicamente a los fundadores y perjudicial a todos los que no hubieran formado parte de ella desde el principio; acabaría por ser, en manos de los primeros, un medio de explotación. |
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La asociación no podría hacer trabajar por su cuenta a obreros extraños durante más de un año; pasado este tiempo, estaría obligada a admitir en su seno al número de trabajadores nuevos que se hubieran hecho necesarios por el aumento de sus operaciones”. |
Los siguientes seis principios –que resultan de la anterior tesis doctrinaria- son la esencia del cooperativismo de producción: autogestión democrática (o capacidad de dirigir los destinos de su propio emprendimiento económico, de manera directa o a través de sus representantes), ingreso justo (remuneración del esfuerzo individual en el trabajo, en condiciones dignas y equitativas), previsión (atesoramiento de parte de los excedentes para responder a situaciones imprevistas en el futuro y acceder a beneficios sociales comunes), retorno (posibilidad de percibir una parte del excedente como contraprestación del esfuerzo laboral realizado), sostenibilidad (formación de un patrimonio social que haga posible que la cooperativa se mantenga en el tiempo y sirva a varias generaciones) e inserción (admisión de trabajadores no asociados cuando su vinculación se haga permanente).
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