En COODESCO nos preocupamos por ti y tu familia, por eso hemos diseñado un amplio portafolio de servicios y beneficios, a los cuales pueden acceder tu y tus beneficiarios siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos.
Son beneficiarios de asociados casados o en unión marital de hecho:

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El asociado. |

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El cónyuge o compañero permanente según el caso. |

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Los hijos que dependan económicamente del asociado, hasta cumplir la mayoría de edad o incluso hasta los 23 años siempre y cuando estén cursando estudios superiores. |

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Los hijos de cualquier edad con incapacidad física o mental debidamente acreditada. |
Son beneficiarios de asociados solteros:

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El asociado. |

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Los hijos que dependan económicamente del asociado, hasta cumplir la mayoría de edad o incluso hasta los 23 años siempre y cuando estén cursando estudios superiores. |

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Los hijos de cualquier edad con incapacidad física o mental debidamente acreditada. |

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Los padres, solo en el evento de que el asociado no tenga hijos, y siempre y cuando dependan económicamente del asociado y no reciban pensión o apoyo de ninguna otra entidad y no se encuentren laborando. |

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Miembro del grupo familiar: En el evento de que el asociado no tenga cónyuge, compañero permanente, hijos o padres, se considerarán beneficiarias aquellas personas con quienes conviva el asociado y tengan parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, siempre y cuando sean menores de edad, mayores de 60 años o personas discapacitadas. En este caso la Cooperativa deberá estar informada de la existencia de estos beneficiarios desde que el asociado ingrese y deberá reposar constancia en la hoja de vida. |
Si tu estado civil o tu grupo de beneficiarios ha tenido variaciones y no lo has informado a COODESCO, puedes hacerlo en este momento.
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