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 Editorial publicado en la revista Empresarial y Laboral, edición # 89
 
 
 
TRABAJO ASOCIADO, UNA ALTERNATIVA VERDADERA
Alejandro Osorio Zuluaga
 
Hoy mas que nunca y particularmente en épocas de crisis, sigue siendo un referente de actualidad, el artículo del doctor Carlos Hernán Godoy publicado en el periódico Ámbito Jurídico en el año 2001, en el cual, entre otras cosas, afirmaba que el contrato de trabajo es apenas una de las modalidades válidas, legales y legítimas de trabajo en Colombia, el cual padece agotamiento y deterioro evidente como fuente generadora de empleo.

“El contrato de prestación de servicios (materiales e inmateriales), el de corretaje, el de suministro, el de comisión, el de transporte, el de agencia comercial, las Cooperativas de Trabajo Asociado, las empresas asociativas de trabajo, son opciones útiles para generar trabajo, para generar producción, para generar riqueza, para saciar el hambre, para encontrar salidas a nuestra crisis social”, anotaba el doctor Godoy en esa época, comentarios que considero continúan plenamente vigentes.
Pues bien, el trabajo asociado se ha convertido en una inmejorable opción para que las personas obtengan un trabajo digno que les permita satisfacer sus necesidades y las de sus familias y paralelamente les genere bienestar y calidad de vida.

Sin embargo, el cooperativismo de trabajo asociado no constituye un modelo experimental, por el contrario, su origen se remonta a comienzos del siglo XIX con los legados de Luis Blanc y Felipe Buchez. De hecho el médico Francés Felipe Buchez escribía en 1831 los principios de las Cooperativas de Producción, que son básicamente los postulados de las Cooperativas de Trabajo Asociado, que si bien es cierto nacieron como Cooperativas de Producción, se han extendido en Colombia a la producción de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, de manera consistente con los cambios laborales, económicos y sociales del entorno global.
Con la promulgación de la Ley 79 de 1988 y el Decreto Reglamento 468 de 1990, se legisló por primera vez en Colombia sobre el Trabajo Asociado, a pesar de que el modelo ya existía desde 1963 como Cooperativas de Producción y Trabajo. Actualmente, el Cooperativismo de Trabajo Asociado está reglado por el decreto 4588 de 2006 y la ley 1233 de 2008, normas que constituyen un marco suficiente para la regulación del trabajo asociativo solidario.
Pero expliquemos porque el trabajo asociado es una verdadera alternativa, y hagámoslo desde distintos puntos de vista:

Desde la perspectiva del trabajador:

El asociado trabajador, doble condición característica principal en el trabajo asociado, goza de un trabajo digno, justamente remunerado a través de sus compensaciones ordinarias y extraordinarias conforme a lo estipulado en el régimen de compensación. Cuenta con las condiciones del trabajo decente: libertad, igualdad, seguridad y respeto por la dignidad humana. Ejerce los derechos a la seguridad social integral, protección a la maternidad, al trabajo, salud ocupacional, los mínimos vitales y demás derechos fundamentales. Es un trabajador satisfecho y protegido, que realiza su trabajo con amor y con gusto, pues es a la vez propietario y gestor de la empresa cooperativa y en tal medida tiene la posibilidad de determinar el rumbo de la empresa, a la par que recibe unos beneficios adicionales que los trabajadores dependientes e independientes no poseen.
Desde la perspectiva cooperativa:
Gracias al modelo cooperativo, a sus principios y valores y a su doctrina en general, el asociado trabajador percibe una serie de beneficios adicionales a su compensación, tales como, educación, servicios y auxilios solidarios, recreación, lúdica, asesorías y más importante aún, estos beneficios tienen cubrimiento al grupo familiar del asociado. Los excedentes generados pasan a alimentar los fondos de educación y solidaridad y a proteger los aportes sociales y un 50% restante es distribuido conforme a lo dispuesto por los mismos asociados en su asamblea general ordinaria anual. El trabajo asociado es el modelo que mejor representa la administración democrática de las empresas bajo la participación de los mismos trabajadores.
Desde la perspectiva de quien compra un producto o  terceriza un proceso:
Quien compra los productos cooperativos adquiere bienes con altos estándares de calidad a precios competitivos, puesto que fueron producidos por expertos en su propia empresa cooperativa. De igual modo, quien contrata la ejecución de sus procesos con una Cooperativa de Trabajo Asociado, variabiliza sus costos fijos y dinamiza su empresa, pues bajo la figura del outsourcing, gana en competitividad, gracias a que será un tercero quien responda por los estándares de calidad, por los tiempos de entrega, por el manejo responsable de las personas que surten el proceso, etc,  de manera que él se pueda enfocar a los procesos estratégicos de su cadena de valor.
Desde la perspectiva de la sociedad:
Se afecta de manera positiva en la construcción de una mejor sociedad, a través del trabajo como fuente fundamental del sustento del grupo familiar, que dignifica y enaltece a la persona, mediante el reconocimiento de las habilidades y competencias del asociado trabajador, que son las que aplica en su diario quehacer y que logran que el trabajo se realice con pasión, enfocado a resultados. La satisfacción por el deber cumplido, genera confianza, seguridad y alegría, elementos que se repiten en la familia, pilar fundamental de toda sociedad.
Por definición y por práctica cooperativa, las Cooperativas de Trabajo Asociado son ejemplo y referente de inversión en responsabilidad social empresarial.

 
 
 
 

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TRABAJO ASOCIADO, UNA ALTERNATIVA VERDADERA
Alejandro Osorio Zuluaga
 
Hoy mas que nunca y particularmente en épocas de crisis, sigue siendo un referente de actualidad, el artículo del doctor Carlos Hernán Godoy publicado en el periódico Ámbito Jurídico en el año 2001, en el cual, entre otras cosas, afirmaba que el contrato de trabajo es apenas una de las modalidades válidas, legales y legítimas de trabajo en Colombia, el cual padece agotamiento y deterioro evidente como fuente generadora de empleo.

“El contrato de prestación de servicios (materiales e inmateriales), el de corretaje, el de suministro, el de comisión, el de transporte, el de agencia comercial, las Cooperativas de Trabajo Asociado, las empresas asociativas de trabajo, son opciones útiles para generar trabajo, para generar producción, para generar riqueza, para saciar el hambre, para encontrar salidas a nuestra crisis social”, anotaba el doctor Godoy en esa época, comentarios que considero continúan plenamente vigentes.
Pues bien, el trabajo asociado se ha convertido en una inmejorable opción para que las personas obtengan un trabajo digno que les permita satisfacer sus necesidades y las de sus familias y paralelamente les genere bienestar y calidad de vida.

Sin embargo, el cooperativismo de trabajo asociado no constituye un modelo experimental, por el contrario, su origen se remonta a comienzos del siglo XIX con los legados de Luis Blanc y Felipe Buchez. De hecho el médico Francés Felipe Buchez escribía en 1831 los principios de las Cooperativas de Producción, que son básicamente los postulados de las Cooperativas de Trabajo Asociado, que si bien es cierto nacieron como Cooperativas de Producción, se han extendido en Colombia a la producción de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, de manera consistente con los cambios laborales, económicos y sociales del entorno global.
Con la promulgación de la Ley 79 de 1988 y el Decreto Reglamento 468 de 1990, se legisló por primera vez en Colombia sobre el Trabajo Asociado, a pesar de que el modelo ya existía desde 1963 como Cooperativas de Producción y Trabajo. Actualmente, el Cooperativismo de Trabajo Asociado está reglado por el decreto 4588 de 2006 y la ley 1233 de 2008, normas que constituyen un marco suficiente para la regulación del trabajo asociativo solidario.
Pero expliquemos porque el trabajo asociado es una verdadera alternativa, y hagámoslo desde distintos puntos de vista:

Desde la perspectiva del trabajador:

El asociado trabajador, doble condición característica principal en el trabajo asociado, goza de un trabajo digno, justamente remunerado a través de sus compensaciones ordinarias y extraordinarias conforme a lo estipulado en el régimen de compensación. Cuenta con las condiciones del trabajo decente: libertad, igualdad, seguridad y respeto por la dignidad humana. Ejerce los derechos a la seguridad social integral, protección a la maternidad, al trabajo, salud ocupacional, los mínimos vitales y demás derechos fundamentales. Es un trabajador satisfecho y protegido, que realiza su trabajo con amor y con gusto, pues es a la vez propietario y gestor de la empresa cooperativa y en tal medida tiene la posibilidad de determinar el rumbo de la empresa, a la par que recibe unos beneficios adicionales que los trabajadores dependientes e independientes no poseen.
Desde la perspectiva cooperativa:
Gracias al modelo cooperativo, a sus principios y valores y a su doctrina en general, el asociado trabajador percibe una serie de beneficios adicionales a su compensación, tales como, educación, servicios y auxilios solidarios, recreación, lúdica, asesorías y más importante aún, estos beneficios tienen cubrimiento al grupo familiar del asociado. Los excedentes generados pasan a alimentar los fondos de educación y solidaridad y a proteger los aportes sociales y un 50% restante es distribuido conforme a lo dispuesto por los mismos asociados en su asamblea general ordinaria anual. El trabajo asociado es el modelo que mejor representa la administración democrática de las empresas bajo la participación de los mismos trabajadores.
Desde la perspectiva de quien compra un producto o  terceriza un proceso:
Quien compra los productos cooperativos adquiere bienes con altos estándares de calidad a precios competitivos, puesto que fueron producidos por expertos en su propia empresa cooperativa. De igual modo, quien contrata la ejecución de sus procesos con una Cooperativa de Trabajo Asociado, variabiliza sus costos fijos y dinamiza su empresa, pues bajo la figura del outsourcing, gana en competitividad, gracias a que será un tercero quien responda por los estándares de calidad, por los tiempos de entrega, por el manejo responsable de las personas que surten el proceso, etc,  de manera que él se pueda enfocar a los procesos estratégicos de su cadena de valor.
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